Ventas y Cobros
ART. 1. - VENTA DE PRODUCTOS MÉDICOS
Inc. 1. Solo se podrá vender 5 vendajes por persona al día dentro del hospital y se tendrán que registrar en el canal ventas.
Inc. 2. Solo se podrá vender 3 Ibuprofenos por persona al día dentro del hospital y se tendrán que registrar en el canal ventas.
Inc. 3. Solo se podrá vender 3 Viagras por persona al día dentro del hospital y se tendrán que registrar en el canal ventas.
Inc. 4. Solo se podrá vender 3 Bromazepam por persona al día dentro del hospital y se tendrán que registrar en el canal ventas.
Inc. 5. Solo se podrá vender 3 condones por persona al día dentro del hospital y se tendrán que registrar en el canal ventas.
ART. 2. - COBRO POR VENDAJE/PASTILLA
Inc. 1. Vendaje: $200 c/u, máximo 5 por persona al día.
Inc. 2. Ibuprofeno: $150 c/u, máximo 3 por persona al día.
Inc. 3. Viagras: $150 c/u, máximo 3 por persona al día.
Inc. 4. Bromazepam: $200 c/u, máximo 3 por persona al día.
Inc. 5. Condones: $150 c/u, máximo 3 por persona al día.
ART. 3. - COBRO POR ADRENALINAS Y CIRUGIAS
Inc. 1. Adrenalina a Policía: $500 c/u, según acuerdo con comisario.
Inc. 2. Adrenalina a Civiles: $1500 c/u, máximo 1 por persona al día
Inc. 3. Cirugía de Urgencias: $10.000
Inc. 4. Cirugía de cambios físicos: $20.000
Inc. 5. Cirugías menores: $10.000
Inc. 6. Cirugía de mayor complejidad: $20.000
ART. 4. - COBROS POR REANIMACIONES
Inc. 1. Por reanimación recibirán automáticamente $5000
En caso de que la víctima haya sufrido de alguna herida grave, se deberá trasladar al hospital y se cobrará de acuerdo a la atención/rol que se dé, con un máximo de $10.000
El paciente se deberá llevar al hospital mediante la ambulancia y curarlo profesionalmente cuando: la bala dañe algún órgano y/o arteria vital, golpe en la cabeza, fracturas, etc. Implementando los diagnósticos necesarios (radiografías, tomografías, etc.) y tratamiento para cada caso. También se le podrá dar al paciente un reposo dependiendo de la gravedad.
Last updated